Real Decreto-ley 14/2022

Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.
Dentro del ámbito de materias sobre las que actúa, este RDL mejora dos aspectos importantes en lo relativo al autoconsumo. Se encuentran incluidos dentro del Título V y, más concretamente, en su Capítulo II, artículo 31.
Por un lado, se reduce el tiempo de permanencia mínimo en una modalidad de autoconsumo de 1 año a 4 meses, modificando así el RD 244/2019.
Por otro, para resolver la demora que en algunos casos se producía hasta la normalización económica del autoconsumo una vez finalizado este, se introduce, para las instalaciones de menos de 100kW en BT, el concepto de “descuento por retardo en activación de autoconsumo”. De esta forma, las distribuidoras o comercializadoras deberán asumir una compensación directa en la factura de los clientes que están tratando de activar sus instalaciones de autoconsumo siempre y cuando el retraso sea imputable a ellas. Se establecen dos meses como periodo máximo de regularización; transcurrido el mismo este mecanismo de compensación será de obligado cumplimiento.